El 5 de octubre presenté una queja ante la CDHEC por la violación a mis derechos humanos de manifestación, de libre expresión de mis ideas, de libre tránsito y por haber sido detenido y encarcelado sin motivo ni justificación alguna el 14 de septiembre de 2021, luego del desalojo violento del Plantón Magisterial, ordenado por el Gobernador del Estado de Coahuila y otras autoridades estatales y municipales.
Después de más de 7 meses, la resolución que debería emitir la CDHEC al respecto ha seguido un lento proceso burocrático, particularmente por el retraso en la presentación del informe del principal señalado como responsable, el Gobernador del Estado de Coahuila, por ello el día de ayer, lunes 23 de mayo, presenté una INCONFORMIDAD POR LA ACTUACIÓN PROCEDIMENTAL DE LA CDHEC, que ha mostrado evidente protección al Gobernador, al otorgarle un plazo excesivo para presentar el Informe pormenorizado correspondiente a mi queja, lo cual ha retrasado el avance para la resolución pronta y expedita del caso y me coloca en una posición de revictimización.
Resulta que diversas autoridades señaladas por mí como responsables de la violación a mis derechos, presentaron escritos los días 26, 29 y 30 de noviembre de 2021, solicitando a la CDHEC una Prórroga para presentar su Informe pormenorizado de los hechos, según lo establecido por la Ley. Entre los solicitantes de dicha Prórroga, la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado presentó su petición el 26 de noviembre, y el día 30 de noviembre la CDHEC emitió el Acuerdo mediante el cual le concede la Prórroga, estableciendo “un plazo de cinco (5) días naturales contados a partir de la fecha de la notificación del presente acuerdo”, según dice el texto correspondiente.
Las notificaciones respectivas en las que la CDHEC comunica a la Secretaría de Seguridad Pública de Coahuila (SSP) y la Comisaría de Seguridad y Protección Ciudadana de Saltillo (CSPCS) el otorgamiento de la Prórroga solicitada, se efectuaron el 08 de diciembre de 2021, según consta en los acuses de recibo que obran en el Expediente de mi queja, sin embargo la notificación de Prórroga al Gobierno del Estado, advirtiéndole del referido plazo de 5 días naturales para presentar el informe correspondiente, fue efectuada, según el acuse de recibo que obra en el expediente, hasta el 25 de febrero de 2022, es decir, 79 días después de haber notificado el mismo acuerdo de Prórroga a las otras autoridades solicitantes, lo cual haría inferir que la notificación al Gobierno del Estado sí fue entregada por el notificador de la CDHEC el mismo día (08 de diciembre de 2021) que entregó la respectivas notificaciones a la SSP y a la CSPCS, y que el Gobierno del Estado incurrió en falta AL NO PRESENTAR EN TIEMPO EL REQUERIDO INFORME, pero la CDHEC habría concedido deliberadamente la notificación que en el expediente aparece con fecha 25 de febrero de 2022, lo cual es un indicio de que la CDHEC ha sido complaciente con el Gobierno del Estado al otorgarle un plazo excesivo para cumplir el requerimiento de Ley, y negligente al contravenir lo establecido en la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila, particularmente en lo concerniente al ordenamiento que establece el ARTÍCULO 110 de dicha Ley, que a la letra dice: “La falta de rendición del informe o de la documentación que lo apoye, así como el retraso injustificado en su presentación, además de la responsabilidad respectiva, tendrá el efecto de que, con relación al trámite de la queja, se tengan por ciertos los hechos materia de la misma, salvo prueba en contrario.”
Así las cosas, cabe preguntarse:
¿A quién protege la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila?
¿Protege los intereses del Gobernador o los derechos de los ciudadanos?