En la imagen destacada (como ejemplo del dominio por la corrupción): Casa Blanca de 100 millones de pesos, de Rubén Moreira, en Saltillo.
La nota
La legislación se aplicará a los bienes de quienes hayan incurrido en los delitos de actos de corrupción, robo de hidrocarburos y extorsión.
Por unanimidad, con 474 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen de reformas constitucionales en materia de Extinción de Dominio, que se aplicará a los bienes de quienes hayan incurrido en los delitos de actos de corrupción, robo de hidrocarburos y extorsión.
Luego de un breve debate, el documento se avaló también en lo particular con 394 votos a favor y 68 en contra, con lo que quedó concluido su proceso en el Legislativo federal, y se turnó a los Congresos de los estados para su ratificación.
Para que pueda promulgarse como una nueva ley federal, el dictamen necesita ser ratificado por al menos 17 Congresos estatales.
Al presentar el dictamen aprobado, la diputada Miroslava Carrillo Martínez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que estas modificaciones a los artículos 22 y 73 de la Constitución Política, forman parte de la nueva estrategia de seguridad pública. “(Se busca) atacar los fondos económicos con los cuales la criminalidad crea, corrompe y destruye la institucionalidad del Estado”, dijo.
“Esto es primordial, ya que es un tema central para acabar con la corrupción y el quebrantamiento de la ley, desalentando con ello la capacidad operativa con la que cuentan colectivos que actúan cometiendo ilícitos, como es el caso de la delincuencia organizada”, agregó.
La diputada subrayó que este dictamen “reconoce la viabilidad de establecer que la acción de Extinción de Dominio se ejerza a través de un procedimiento jurisdiccional y autónomo, sobre los bienes que sean instrumento, objeto o producto de actos de corrupción o actividades ilícitas, en perjuicio grave del orden público”.
Carrillo refirió que esta figura jurídica es el procedimiento más eficaz para la recuperación de activos, y ahora será un procedimiento jurisdiccional, pero de naturaleza civil, con otro estándar probatorio y que respeta los derechos humanos.
“La figura de Extinción de Dominio no choca con el marco de respeto a los derechos humanos; por el contrario, posibilita un contexto de seguridad jurídica y garantías que el país exige”.
“Para dar claridad y certeza a quienes se encuentran sujetos al procedimiento de Extinción de Dominio respecto de sus bienes, se prevé la necesidad de fijar criterios fundamentales de procedencia de dicha figura”, indicó.
“Desde ese planteamiento, la reforma pretende que la acción de extinción de dominio sea eficaz, viable y realizable. Es considerada de carácter real y de contenido patrimonial y procederá sobre cualquier bien, independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido”, comentó.
Al respecto de la aprobación se refirió Mario Delgado, líder de la bancada de Morena en la Cámara baja.
(Reforma).