La importancia de la norma

Esta semana tuve el privilegio de recibir un nuevo consultante, cuyo relato, sin romper su anonimato, me hace refrendar mi convicción de que en materia de adicciones la norma oficial mexicana que rige este sector de la salud, la NOM 028, es indispensable en la elección que se vaya a hacer del centro de tratamiento o ruta terapéutica que seguirá el paciente.

Este joven, que estuvo poco más de ocho meses internado en un centro de atención que evidentemente carece de la NOM 028 y que afortunadamente se mantiene limpio y con deseo de seguir un camino hacia la recuperación, fue un testimonio de que estos lugares no sólo no están certificados, sino que carecen de método terapéutico para ayudar a los enfermos que caen ahí, muchas veces seguramente por ignorancia o falta de información de quienes toman la decisión de llevarlos, en la desesperación de no saber qué hacer con su adicto.

“¿Supongo que conoces los 12 pasos o te dieron un libro con los 12 pasos?”, pregunté. “Solo me los comentaron, pero no tengo ningún libro ni los estudiamos”, respondió. “¿Te explicaron en qué consiste la enfermedad?”, exploré. “No, solo platicábamos todo el día y me contaban sus historias”, comentó. “¿Y si tenías dudas, había ahí algún terapeuta?”, volví a indagar. “No, éramos puros adictos”, sentenció.

Ignoro qué tipo de centro era, pero lo uso sólo para ejemplificar sobre la importancia de tener la NOM 028, ya que seguramente este lugar a donde acudió el joven era de los llamados anexos, que en el argot de las adicciones se conocen como “fuera de serie” y que no cumplen con las normas sanitarias básicas para su operación.

Sin entrar en controversia, muchas veces, en pláticas o conferencias, surge este tema y siempre hay alguien que defiende a estos centros porque gracias a ellos pudo salir adelante de la enfermedad. En efecto, conozco casos que, gracias a estos centros no autorizados, pudieron comenzar el camino de la recuperación y me congratulo de ello, pero eso no obsta para señalar que están fuera del orden reglamentario y que en muchas ocasiones resultan contraindicados y contraproducentes para quienes acuden a ellos.

Conocí un testimonio de alguien que después de haber estado en una de las mejores clínicas certificadas del país, de grupos oficiales de alcohólicos anónimos y de narcóticos anónimos, siguió recayendo continuamente hasta que finalmente fue “anexado” en uno de estos centros “fuera de serie” y logró ahí comenzar el camino que hoy lo tiene en sobriedad por más de dos décadas.

Por supuesto que esto es posible y, cómo le escuché un día a un funcionario de la central mexicana de Alcohólicos Anónimos, no proceden legalmente contra aquellos centros que a veces usan indebidamente el nombre y marca registrada de la agrupación sin estar afiliados, por el simple hecho de que son esfuerzos para combatir la enfermedad (además de que dentro de los principios de AA está el de no entrar en controversias públicas).

Coincido y muchas veces lo he dicho en mis conferencias, todo esfuerzo encaminado a hacer frente a las adicciones es bienvenido, pero, agrego, lo deseable es que todos estén regulados por la NOM 028 y se eviten tragedias, que sí las hay, en estos lugares irregulares.

Volviendo al caso del joven que inspiró este artículo, aplaudí su deseo de buscar ayuda a pesar de que, como comentamos, estos ocho meses le pasaron en blanco, aunque como le dije, podemos considerarlos como una etapa donde se desintoxicó y dejó de consumir, para salir a la calle y comenzar su verdadera recuperación.

Afortunadamente en su caso no hubo consecuencias mayores, salvo el resentimiento de haber estado recluido por tanto tiempo, aunque existen casos, como otro que recientemente asistí, a su salida de otro centro de este tipo, del que narraba que además de haber sido robado de sus pertenencias de valor, tuvo que hacer gala de sus habilidades sociales para no caer en los maltratos de los demás internos, jerarcas del lugar.

La semana pasada una compañera de Milenio Puebla me entrevistó en mi calidad de especialista en adicciones y además de abordar temas como las drogas de laboratorio muy actuales y letales, me preguntó justo sobre los centros no autorizados de rehabilitación que muchas veces son motivo de noticias trágicas.

Mi respuesta fue en el sentido de que desafortunadamente por la mala imagen de estos lugares que sí, han sido motivo de escándalos, como se dice coloquialmente, pagan justos por pecadores y existen muchos estigmas negativos sobre los centros y clínicas de atención, independientemente si cuentan con la norma o no.

De ahí, entre otras cosas, la importancia de orientarse e informarse correctamente, para que, al momento de dar opciones de tratamiento a las familias, se elijan aquellos establecimientos o personas que estén debidamente acreditadas con la NOM 028.

Lo mismo pasa cuando me preguntan de cómo elegir a un padrino o una madrina, aclarando que esto es una práctica sólo al interior de las agrupaciones de AA, NA o similares.

Lo primero que les explico es la diferencia entre un padrino, un consejero certificado y un profesional de las adicciones, además de preguntar cuál es el objetivo de querer buscar alguno de ellos y para qué.

En mi muy particular opinión, un padrino es un par de grupo que tiene más experiencia en el programa de los 12 pasos y puede guiar al nuevo prospecto, sobre la aplicación de las herramientas básicas para alcanzar la abstinencia y caminar rumbo a la sobriedad. No son asesores en temas particulares como negocios, vida conyugal, finanzas, convivencia familiar u otros en los que eventualmente se sienten con la autoridad moral de poder intervenir y que serían más adecuados para algún consejero certificado, un terapeuta o un especialista en adicciones. El apadrinamiento nació con la primera reunión de los fundadores de AA, Bill W y el Dr. Bob, en un intercambio de testimonios de sus carreras como bebedores y de cómo hacerle para dejar de beber. Así, un padrino o madrina es una guía para apoyar en el programa, hasta ahí.

Termino recordando que las adicciones son una enfermedad mental, abordada en el manual de trastornos mentales y como tal, requiere atención especializada, por lo que, en nuestro país, está regulada por la NOM 028 de las autoridades de salud federal, mismas que deben procurarse para el mayor bien de quienes buscan orientación, información, atención y tratamiento.

https://www.milenio.com/opinion/omar-cervantes/la-alegria-de-vivir/la-importancia-de-la-norma

—————————————————————————————————————————————————————————————————————————
* “El contenido, conceptos y juicios de valor del presente artículo son responsabilidad del autor y no necesariamente son compartidos por la Edición, y/o los propietarios de este Periódico”.
————————————————————————————————————————————————————————————————————————–

Compartir