SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA.
–BOLETÍN INFORMATIVO—
66/2018
Jueves 29 de noviembre de 2018
*Niega y cancela la JFCA registro y tomas de nota otorgadas al Sindicato charro de Monclova sometido a Alonso Ancira
*Se devuelven a nuestra Organización, el Sindicato Nacional de Mineros, dirigido por el co. Napoleón Gómez Urrutia, los espacios sindicales que siempre le han correspondido
*Altos Hornos de México y Minera del Norte deberán abstenerse de interferir en la vida sindical
El Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, José Francisco Maciel Amaya emitió un laudo “como asunto total y definitivamente concluido… que se declara procedente la nulidad del registro del Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos y consecuentemente se declara la nulidad de su denominación, la de sus estatutos, la declaración de sus principios, así como de las tomas de nota expedidas relacionadas con el mismo, resultando en consecuencia también, declarar la cancelación de su registro.”
En su cuarto punto el Laudo señala: “Se condena a las empresas demandadas Altos Hornos d México SAB de CV y Minera del Norte SA de CV a abstenerse de seguir interfiriendo en la vida sindical (del Sindicato Nacional de Mineros, titular del Contrato Colectivo de Trabajo), con el que deben tratar los asuntos derivados de la contratación colectiva, así como las revisiones contractuales derivadas de la misma en términos de lo dispuesto en las fracciones IV, V, VII del artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo y Convenio 87 de la OIT”.
En otro artículo, el tercero del Laudo, “se condena a los demandados Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgico, Siderúrgicos y Conexos, así como a las empresas demandadas Altos Hornos de México SAB de CV, Minera del Norte SA de CV y a los codemandados físicos, Sergio Rolando Medina Ibarra, Luis Raúl Sosa Moreno, Jaime Oliverio López Ramos, Daniel Moreno Berlanga, Francisco Ubaldo Contreras Guzmán, Francisco Ríos Treviño, José Javier Macareno Pardo, Enrique Candía Sánchez, Ramiro Nakao Gómez, Carlos Alberto Reyes Gutiérrez, Jaime Joel Medrano Coronado, Gilberto Mendoza Vaquera y Mónico Rolando Muñoz Reyes, a devolver al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, los espacios sindicales que les corresponden”.
Así mismo se declara la disolución del sindicato demandado, así como la declaración de nulidad de cualquier juicio, procedimiento, tramite o petición que hubiese realizado el sindicato demandado que resulte ajeno al expediente que nos ocupa, así como la declaración de nulidad de todo poder o mandato que se haya emitido por parte del sindicato demandado en favor de persona alguna.
El Laudo señala que una vez causada ejecutoria este documento, se ordena girar oficio a la Dirección General del Registro de Asociaciones de la STPS para que acuerde lo que en derecho proceda, respecto de las nulidades del registro declaradas procedentes.
Además del presidente de la JFCA, José Francisco Maciel Amaya, firman el Laudo el representante de los trabajadores Lic. Froilán Martínez, de los patrones Lic. Luis Salas Vela y el Secretario de Acuerdos.