“Muerte digna” ya es ley en Puebla

El Congreso de Puebla aprobó la Ley de Voluntad Anticipada para poder permitir a personas que padezcan enfermedades terminales tener una muerte digna, rechazando tratamientos que alarguen la vida.

En tribuna, el diputado del Partido del Trabajo (PT) José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez, uno de los defensores de la iniciativa, afirmó que la legislación permitirá a las personas vivir esa etapa bajo tratamientos paliativos que reduzcan el dolor y el sufrimiento.

El dictamen -respaldado previamente por las comisiones unidas de Gobernación y Salud- recibió el aval de 34 legisladores; mientras, dos de ellos votaron en contra y cuatro en abstención durante la sesión de este 15 de julio, con la que cerró el último periodo ordinario de sesiones de la LXI Legislatura.

De acuerdo con un recuento elaborado por José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez, el Congreso aprobó la ley 16 años después de haberse presentado la primera iniciativa de su tipo y se discutió en la misma sesión en la que los diputados hicieron realidad la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de embarazo.

¿Qué es la voluntad anticipada?

La voluntad anticipada es un documento e instrumento otorgado ante Notario Público, en el que una persona manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que alarguen la vida, según la nueva ley.

Los legisladores también aprobaron una reforma a la Ley Estatal de Salud, en materia de cuidados paliativos, “los cuales son parte fundamental para poder garantizar al enfermo en situación terminal, además de maximizar la calidad de vida, una muerte en condiciones dignas”, explicó Huerta Rodríguez.

El nuevo marco regulatorio define como cuidado paliativo la atención de enfermedades que no responden a tratamiento curativo, por lo que se encuentran orientados a controlar el dolor, así como a brindar atención psicológica, social y espiritual.

Asimismo, describe como enfermedad terminal como “un padecimiento reconocido, irreversible, progresivo e incurable en estado avanzado y cuyo pronóstico de vida para el paciente es inferior a seis meses”.

La Jornada de Oriente
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