Profeco vs Ticketmaster por reembolsos de boletos

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitirá medida precautoria para que Ticketmaster suspenda la información consistente en la negativa de reembolso por la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados para un festival.

La empresa, oficialmente llamada Venta de Boletos por Computadora, tendrá 48 horas para cumplir la directiva.

La cláusula de no reembolso publicada por Ticketmaster México en sus términos y condiciones, en relación a la venta de boletos para un festival, podría ser violatoria de la Ley Federal de Protección al Consumidor, afirmó Profeco.

La Procuraduría señaló que todo proveedor se encuentra obligado a respetar los servicios que se hubieran ofrecido o convenido con el consumidor.

Es decir, si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de este evento, la proveedora debe respetar tales condiciones.

En caso de que el proveedor incumpla las condiciones ofrecidas, salvo que mediara fuerza mayor (enfermedad o accidente), el consumidor tiene el derecho de solicitar el reembolso del precio pagado (costo del boleto y cargos por servicio), así como una bonificación o compensación no menor al 20 por ciento, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo del día que decida no asistir el consumidor.

De no atenderse la medida precautoria, daría lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley, adelantó Profeco.

Se destacó que un consumidor afectado tiene hasta un año de plazo para presentar su queja ante Profeco.

La polémica nace después de que usuarios reportaron que Ticketmaster hizo obligatoria una cláusula para aceptar que no procederá el reembolso cuando un artista no participe en un festival.

Aristegui
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