La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza que confirmó la validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría al gobernador electo en dicha entidad, Manolo Jiménez.
En sesión pública, la Sala Superior declaró infundados e inoperantes los argumentos presentados por el Partido del Trabajo y Morena para impugnar la declaración de validez de la elección en Coahuila.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora, fue confirmada la sentencia del tribunal local, la cual estableció que el candidato de la Coalición integrada por los partidos PRI, PAN y PRD ganó con el 56.95 por ciento de los votos.
Al respecto, el PT acudió ante la Sala Superior a impugnar la sentencia del Tribunal local, argumentando principalmente que la decisión carecía de congruencia y exhaustividad.
Por ejemplo, respecto de la indebida valoración de cómputo de votos y la actualización de los requisitos para determinar la nulidad de la elección, el TEPJF evidenció que el PT solo afirmó de forma genérica que se acreditaron las irregularidades y que del análisis conjunto de todas las pruebas se puede concluir que hacen prueba plena.
La Sala Superior también consideró infundado el planteamiento sobre las posibles irregularidades acontecidas antes, durante y después de la jornada electoral “porque es necesario demostrar que fueron generalizadas, que afectaron la voluntad del voto de la ciudadanía y determinante para el resultado de la elección a efecto de que el órgano jurisdiccional decrete la nulidad de una elección, lo cual no aconteció”.
El magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez, acompañó la propuesta de sentencia de la magistrada Otálora.
“En el proyecto se muestra que el Tribunal local sí analizó y se pronunció sobre la totalidad de los alegatos que realizó el partido actor, el Partido del Trabajo; demás, valoró correctamente el alcance de las pruebas presentadas”, dijo.
Destacó que “con esta resolución concluye el proceso electoral local en relación con la renovación del titular del Poder Ejecutivo en el estado de Coahuila de Zaragoza”.
Rodríguez Mondragón expresó que la calificación de la validez de una elección es el momento final de un proceso electoral y mediante ello se reconoce y garantiza la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas.
“En este sentido, las sentencias que emite la Sala Superior del Tribunal Electoral materializan su función de Tribunal de cierre, de órgano jurisdiccional que, en última instancia garantiza la transmisión regular y pacífica del poder público”, añadió.
El magistrado presidente aseguró que con esta determinación “la sociedad de Coahuila, y en general, la sociedad mexicana, debe estar segura de que el Tribual electoral resuelve las controversias de manera imparcial y eficaz, asegura el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, de los militantes, de los partidos políticos y garantiza la resolución pacífica y elección de sus representantes”.